Estado de Ilegalidad y Renuncia de Jueces, Estadísticas Judiciales.

Posteado el // Comentar
Hay malestares y disgustos en las filas de jueces de diferentes jerarquías, abogados ayudantes, de la defensoría pública y de los defensores de las víctimas, secretarios y secretarias de los tribunales, de archivistas, de alguaciles, en fin, pocos hay que muestren signos de satisfacción por pertenecer al Poder Judicial.

El denominador común a estos malestares es la falta de remuneración decorosa y adecuada a sus necesidades. No existe una relación vinculante entre el esfuerzo, la calidad del trabajo ofrecido con la contraprestación que le es debida y pagada a los servidores judiciales.

La mayoría de los miembros de este poder estatal está padeciendo los sinsabores de una justicia que ni a ellos mismos les hace honor, al percibir salarios que están muy por debajo inclusive de los costos promedios de la canasta básica familiar que al decir del Banco Central de la República Dominicana, está por encima de los RD$10,000.00 mensuales.

La causa inmediata que genera este engendro lo es el “estado de ilegalidad presupuestaria” en el que incurre el Estado Dominicano desde la promulgación de la Ley No. 194-2004, que le otorga autonomía presupuestaria y administrativa, entre a otros órganos públicos, al Poder Judicial,  al decir del jurista John Garrido, en el programa de radio Reflexión Jurídica del sábado 7 de septiembre del 2013, que produce y conduce el también jurista y notable doctrinario, el Lic. Blas Minaya Nolasco, especialista por demás en Derecho Público Internacional y en Derecho Constitucional.


Y lo cierto es que el Estado Dominicano nunca ha cumplido con asignarle a este poder público el 2.66 del Presupuesto Nacional que ordena la Ley No. 194-2004.

“En los últimos diez años, el poder judicial solo ha podido alcanzar el mayor nivel porcentual del presupuesto en solo 2.04 del 2.66 que dispone la ley, lo que ocurrió en el año 2006, luego nunca antes, y parece que ni después, la designación presupuestaria se pretende llevar a los porcentajes que dispone la ley”, así lo aseguró en el último año en funciones como Presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo Superior del Poder Judicial, el Dr. Jorge Subero Isa. Este fue un reclamo al que hizo hincapié durante su mandato este ex – juez.

Precisamente en una publicación realizada en el mes de octubre del 2011, en la revista especializada en temas jurídicos “Gaceta Judicial”, No. 299, año 15, promovida por la instancia superior de justicia de la República, se ponen de relieves las siguientes realidades:

Que los costos para el sostenimiento de los órganos creados por la Constitución de la República, así como para el mantenimiento de la estructura judicial vigente, la puesta en funcionamiento de los tribunales creados por la ley, la cobertura de los servicios básicos, la adquisición de materiales y suministros para la operación de los tribunales a nivel nacional, el mantenimiento y mejora de las infraestructuras físicas y destino de fondos a la Escuela Nacional de la Judicatura y a la Jurisdicción Inmobiliaria, los recursos para cubrir los aumentos de costo de servicios de energía eléctrica, combustibles, y los servicios de salud, reparación y reconstrucción de las tribunales que lo ameritan en todo el territorio nacional, son asuntos que deben ser ponderados por las autoridades encargadas al momento de distribuir las asignaciones de los recursos sobre las expectativas de ingresos y gastos al momento de estas ser decididas.

El sustento del Consejo del Poder Judicial y el sistema de retiro de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, son aspectos que hacen encarecer aun más las cargas y por ende la necesidad de mayores recursos a este siempre ceniciento Poder del Estado.

Existe una serie de tribunales que han sido aprobados para su pronta puesta en operación, tales como la Corte de Apelación de El Seíbo, los tribunales superiores de tierras del este y de Azua, el Registro de Títulos de Azua y la Corte de Apelación de Niños y Niñas y Adolescentes de la provincia de Santo Domingo, las salas del Tribunal Superior Administrativo entre otros, los que imploran sean destinados fielmente los recursos referentes al 2.66 que indica la ley debe serle atribuido a la cenicienta del Poder Judicial.

El Poder Judicial cuenta con 133 locales judiciales alquilados, donde funcionan 80 juzgados de Paz, cinco cortes y 19 tribunales de niños y niñas y adolescentes, seis cámaras civiles y comerciales, ocho tribunales de tierra, tres juzgado de paz especial de tránsito y tres juzgado de la instrucción.

Además el tercer poder del Estado cuenta con 6,147 servidores judiciales, de los cuales 692 son jueces, y 5455 servidores administrativos, de los que más del 68% de los empleados judiciales percibe un salario bruto por debajo de los RD$15,000.00 mensuales.

Las anteriores son cifras que revelan las precariedades que atraviesa este importante Poder estatal, y que son, entre otras, las razones por las cuales están desertando de sus funciones jueces de tanto arraigo intelectual, moral intachable, solidez profesional y respecto ciudadano.

Para que el Estado Dominicano no se vea ni se sienta criticado por los diversos sectores de la vida nacional, como que una de sus tres patas constitucionales no cumple con su función esencial de administrar justicia en aras de mantener el equilibrio y la paz social, debe por lo menos cumplir con la asignación presupuestaria que le ordena la ley.

Cumpliendo con el voto normativo, el Estado se evitaría ver como sus recursos humanos y materiales se deterioran y se vean forzados a renunciar, y a tener que pasar tantas e innecesarias calamidades.

De nada le sirve al Consejo del Poder Judicial tener como una de sus obligaciones administrar unos recursos que le son insuficientes para cubrir una de sus más nimias necesidades como es el pago de salarios que honren la dignidad de sus miembros.

En la actualidad no es sino un insulto lo que deviene al decir que se forma parte del mal llamado tercer poder del Estado.


Salomón Ureña BELTRE.
Padre de Wamcho.
Abogado – Notario.
salomonbeltre@gmail.com

809-353-5353

0 comments:

Publicar un comentario