El abogado en la era digital.

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A menudo, mientras realizamos nuestras labores profesionales de abogados, las que se manifiestan generalmente a través de escritos, atravesamos por la interrogante, de cómo se las ingeniaban aquellos profesionales que preceden a la era digital o de las computadoras.
Sabemos que era norma cotidiana, que los abogados se vieran precisados a preparar en borradores los escritos que posteriormente ordenaban transcribir en las famosas máquinas de escribir, o bien bajo la práctica de lecturas a sus secretarias, para luego ser presentados a las instancias de destinos correspondientes. Hoy día las generaciones actuales nos hemos librados de tan pesada carga, al tener a nuestras manos la utilización de las máquinas que contienen los programas expertos que se encargan de facilitarnos la noble tarea del trabajo cotidiano.
Pero no solo los abogados se benefician de este necesario instrumento, los profesionales de la construcción, que con sus ya muy avanzados programas, diseñan las estructuras más impresionantes jamás vistas; Los profesionales de todas las ramas de la medicina, quienes pueden observar primariamente los orígenes de las enfermedades, preparándose para diagnosticar de manera mas precisa y efectiva los medios de curación; y así no queda ninguna rama del saber que no requiera de las facilidades que le prestan tan útiles inventos tecnológicos.
En fin, hoy no se percibe la vida sin el manejo de la tecnología digital, y sin los servicios colaterales que ella nos brinda, tal como la Internet.
Algunos de los emprendedores, a los cuales se le deben los avances de esta reconocida ciencia aplicada a los hardwards y softwards, son los revolucionarios y emprendedores Bill Gates, Steve Jobs, entre otros, hombres visionarios, grandes innovadores, creadores de los programas más extraordinarios, considerados como las herramientas modernas mas interesante que la humanidad haya conocido y utilizado para su beneficio domestico y profesional, merecedores de laudos, y justos reconocimientos por todos quienes somos, para decirlo de un modo ligero, dependientes de sus creaciones.
Hay quienes de alguna manera se resisten al cambio, manteniendo plataformas operacionales de trabajos deficientes en sus oficinas, trayendo consigo disminución significativas de sus propósitos, y evidentes descontentos, dejando de lado la posibilidad de beneficiarse de las informaciones facilitadas con solo ingresar a una página desde un buscador de la Web, o bien ingresando un simple disco compacto que contenga gravada los informaciones y programas donde descansan los formatos y todas las disposiciones legales y jurisprudenciales ora de la República Dominicana, ora de cualquier nación deseada, lo cual nos sirve para sus comparaciones, fuente de imperiosa utilización en el ejercicio profesional de los abogados.
De la combinación equilibrada y el uso científico que se le ha dado al descubrimiento de los números binarios, acuciados primariamente por los hindúes, se obtiene la excelente plataforma tecnológica aplicada a los programas y sistemas computacionales que hoy tantos beneficios le ofrecen a la humanidad.
Atraídos por sus atractivos, y por su persistente influencia, todos los abogados nos vemos obligados a apegarnos a las ruedas de los avances tecnológicos, los que han modificado plenamente la vida moderna, sin la cual no podemos realizar nuestras labores de la manera más efectiva y provechosa posible a favor de la sistematización de nuestras oficinas y brindar un mejor servicio a nuestra clientela.
SALOMON UREÑA BELTRE.
Abogado - Notario.

La Industria de la Construcción

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En fecha tres del mes de diciembre del año 1969, el Congreso Nacional sancionó la ley No. 521, mediante la cual el Estado Dominicano reputó como materiales de primera necesidad los componentes utilizados en la industria de la construcción, incluyendo el cemento, la varilla, la madera, los clavos, alambres, etc.

Con esta disposición, el Estado Dominicano procuraba darle un tratamiento especial, y consecuentemente una protección eficiente al sector, trazando una política de expansión de edificaciones, tales como casas, viviendas y construcciones en general, y con ello asegurar pluralidad de empleos a la masa obrera nacional, promover la construcción de estancias a mas bajos costos, así como mantener activa la industrialización de tales productos.

El legislador de entonces se interesó en que el Estado redoblara sus esfuerzos en procura de que fiscalizara el desarrollo y devenir de esta próspera industria, evitando que los precios de los mismos fluctuaran de manera desproporcionada a la libre voluntad de la oferta y la demanda.
Por ser la industria de la construcción una de las fuentes que más plazas de empleos aun genera a la nación dominicana, el legislador la ha considerado como indispensable para el diario desenvolvimiento de la vida económica, revistiendo su esencia con carácter legal, disponiendo la protección efectiva de su desarrollo, e impulsando su perfeccionamiento.

Sin embargo, al parecer, las autoridades encargadas de velar porque estos precios guarden relación estrecha con el interés del Estado, que es mantener los precios a niveles justos, amén de proteger los intereses y utilidades razonables de los productores privados, no han ofrecido una respuesta contundente a favor de las mayorías, que fortalezca al sector, propiciando la instalación de empresas y mecanismos que impulsen la dinámica productiva de la industria y al mismo tiempo constriña a esta a cumplir su objetivo primordial.

Las evidentes alzas que han alcanzado en los últimos meses los insumos utilizados para la construcción de infraestructuras, ha provocado que el sector vea desacelerar su ritmo, llevándolo a un estado de semiparalización, afectando con ello de manera muy sensible a los trabajadores de la industria, y haciendo aún más difícil para las clases sociales con menos poder adquisitivo, la posibilidad de hacerse de un techo propio, cuando no, de poder reconstruir los ya existentes, así como la consecuente disminución de los tributos que por tales conceptos debe percibir el fisco dominicano.

Es indudable que debe haber de parte de las autoridades nacionales una atención más eficaz en el cumplimiento de las leyes que convierten y caracterizan a estos bienes como materia prima de primera necesidad, por aquello de que la función primordial del Estado y sus instituciones es garantizar a todos los ciudadanos la debida protección de sus intereses sociales.

Por otro lado, los productores, mayoristas y detallistas de los insumos de la construcción deben acariciar la idea de que el Estado está dotado de las facultades para crear e impulsar las políticas que provoquen la disminución y justeza del precio de estas mercancías caracterizadas como bienes indispensables para la vida cotidiana de los dominicanos, obrando en franca colaboración con todo el sector, ya sea utilizando otros mecanismos, tales como facilitar la importación a terceros, o bien incentivando por sí mismo el Estado las provisiones de mercaderías necesarias.


SALOMON UREÑA BELTRE.
Abogado – Notario Público.