Situación Lamentable de Nuestros Cementerios.

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En nuestro país existen dos categorías de cementerios: los públicos, que son administrados por los ayuntamientos y aquellos que son concesionados por los municipios a los particulares. Estos últimos han proliferado en años recientes, llegándose a incorporar varios solo en el Distrito Nacional, en su mayoría regenteados por empresas extranjeras.


Al fallecer algún familiar o allegado, se nos hace cita obligada visitar su sepulcro, allí podemos recordarle, proporcionar mantenimiento a las áreas donde reposan sus restos, etc. Sin embargo, todos quienes solemos visitar estos osarios, lo hacemos con temor de ser víctimas de la ola delincuencial que arropa a nuestro país. Es poca la seguridad que allí brindan las autoridades. Estos espacios se han convertido en verdaderas madrigueras de forajidos. Los robos a los visitantes y la profanación de las tumbas ya están institucionalizadas en los cementerios.

Recientemente un alto oficial de nuestros cuerpos castrenses fue victima de un asalto en el cementerio Cristo Redentor, se le despojó, entre otros bienes, de su arma de reglamento. Este fenómeno se da a diario con diversidad de personas, los que por su condición  de ciudadanos comunes no llega a la opinión pública.

Tan preocupante se hace a la vista de todos la falta de cuidado hacia los cementerios, que ya se ha hecho costumbre entre nosotros, que los féretros que contienen los cadáveres deban ser destruidos al momento de la sepultura para impedir que estos sean extraídos por los malhechores.

Si alguien quiere enrostrarle incompetencia inexcusables en sus funciones a su respectiva alcaldía, basta con denunciar el tema que se refiere a los cementerios. Los alcaldes son indiferentes a esta problemática. Su apatía los convierte en ineptos e incapaces. Ellos no hacen conciencia que sus propios despojos fúnebres tendrán como morada final, a uno de estos osarios. Es imperdonable la falta de coordinación y de planificación en la gestión administrativa que mantienen los ayuntamientos con los cementerios. Parece ser, se les olvida que en ellos reposa nuestra historicidad como nación.

No se explica, por ejemplo, que las autoridades municipales del Distrito Nacional hayan desmontado en el mes de febrero del 2011, todo el material asfaltico que otrora cubría las calles del mayor cementerio con que cuenta tal demarcación, esto es el Cristo Redentor,  hasta la fecha que abordamos el tema, esta todavía no ha sido repuesta. Hace ya ocho meses que las calles de este cementerio están tan deterioradas que ha provocado que los deudos dejen de asistir a las moradas de los muertos. Pero también están deterioradas las aceras, los contenes, y el exceso de maleza descuidada crea un cuadro sumamente horrible.

Los trabajadores de este camposanto, que está relativamente copado, rastrean de manera desesperada las áreas e identifican los espacios más inverosímiles existentes para venderlos y así lograr algunas comisiones. Poco les interesa alterar el aspecto arquitectónico, el desempeño y la utilidad con que han sido levantados los cenotafios vecinos.

La ley No. 214, publicada en la Gaceta Oficial No. 5884 del 4 de marzo del 1943, es la que reglamenta a los cementerios en nuestro país. Esta normativa que parece ser tuvo mayor interés en referirse a las concesiones de estos que a cualquier otro asunto, le atribuye especiales facultades a los ayuntamientos para su administración y conservación. No obstante, esta ley debe ser actualizada con el propósito de reasignarle responsabilidades más especificas a los ayuntamientos y concebir las sanciones ejemplarizantes en caso de incumplimientos, todo con el propósito de procurar brindarle mejor mantenimiento a los cementerios y así podamos mantener viva nuestra propia historicidad como nación.


Salomón Ureña Beltre.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com

El Viaje del Presidente Fernández a la Ciudad de New York.

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El presidente de la República, Dr. Leonel Fernández, salió esta semana del país hacía Los Estados Unidos de Norteamérica a reunirse con los líderes mundiales que participarán en la 66va. Asamblea que celebrará la Organización de las Naciones Unidas.


Allí, el Doctor Leonel Fernández tomará un turno de quince minutos en los que hablará sobre el tema que ha sido su baluarte en los últimos meses a nivel internacional, se refiere a la especulación financiera internacional, la que según él es la causante del aumento de los alimentos y del precio del petróleo, lo que ha generado un incremento sustancial de la pobreza a nivel mundial.

En esta ocasión, el jefe del Estado instruyó al Ministro de Información y Prensa de la Presidencia, el Lic. Rafael Núñez para que diera a conocer a la ciudadanía la agenda que agotará en dicho cónclave, además de que diera a conocer al número de integrantes que conformará la comitiva presidencial que será de cincuenta personas.

Contrario a otras ocasiones en las que nadie conocía las razones que movían al Presidente de la República a salir del país, éste ha cumplido con su deber de informar a la ciudadanía sobre su ausencia por viaje al exterior.

El Presidente irá en representación del Estado Dominicano, tendrá una agenda sumamente apretada, se reunirá con rectores de universidades, con inversionistas, con el Director de la ONU, y hasta tendrá la oportunidad de entrevistarse con el Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, Barack Obama.

La comitiva del Presidente que es sumamente numerosa, está integrada además de periodistas, por empresarios a los que se les procura facilitar comunicación directa con sus iguales extranjeros.

Entendemos que el tema que abordará el Presidente Fernández tendrá en esta ocasión mayor repercusión tanto a nivel internacional como local, por el nivel del escenario donde hará sus planteamientos. 

De igual manera se espera que el Presidente de la República esgrima sobre el voto favorable que emitirá el país con relación a la solicitud de reconocimiento e ingreso de Palestina a la Organización de las Naciones Unidas.

El reconocimiento que asumirá la República Dominicana con relación al caso de Palestina variará de manera radical la posición que la diplomacia dominicana ha mantenido en este sentido en toda su historia.

Muchos textos habrán de recoger los razonamientos que explicarán este cambio de posición en nuestra política exterior con relación al tema de Palestina, máxime cuando con ello enfrentamos los intereses de los Estados Unidos de Norteamérica.


Salomón Ureña Beltré.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com
 

Práctica Notarial. Firma de los documentos escriturados por los notarios.

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Es práctica común en el campo del ejercicio del derecho notarial que las partes que intervienen en la negociación jurídica, se limiten a inicialar sus hojas y a solo plasmar sus firmas en la parte conclusiva del contrato.

Poco trasciende la envergadura del pacto jurídico celebrado; y parece ser que tampoco hace la diferencia, la calidad profesional de los asesores contratados. Todos por igual suelen dejarse llevar por la práctica referenciada.

Aquí se asienta el adagio que reza: “la costumbre hace ley”.

Es como si fuera ignorada de manera generalizada las previsiones contenidas en el Capítulo II de la ley No. 301 sobre Notariado de la República Dominicana, más específicamente en su articulado 31, el que se contrae a expresar, lo siguiente:

[“Art. 31.- Las actas serán firmadas en todas sus fojas por las partes, por los testigos si hubiere lugar y por el Notario, y de esta circunstancia deberá éste último hacer mención al final del acta”…]

Fijaos que el legislador dice: [Las actas serán firmadas en todas sus fojas por las partes…], no se refiere a que serán iniciadas por las partes.

Ciertamente el principio formulario no tiene ya ninguna influencia en las legislaciones modernas. En la antigüedad las leyes disponían de cierta rigidez la preparación y elaboración de los actos y procedimientos con que debían ser celebradas las actuaciones jurídicas.

Aunque esta práctica dejó de existir a partir de la caída de los regímenes absolutistas principalmente con la caída del imperio romano, no menos cierto es que los particulares deben satisfacer las previsiones del legislador moderno, debido a que son razonables y depurados los criterios sobre los cuales versan su instauración.

Debe ser causa común de los profesionales del derecho, y en el caso de la especie, de los notarios, cumplir con las exigencias del legislador, para de esta manera impedir que las contrataciones que asuman sus poderdantes, no corran el riesgo de ser declaradas nulas, siendo esta la sanción que impone la norma cuando se violan sus postulados.

Como muestra de lo planteado, ha sido el mismo legislador el que ha prejuzgado como nula toda violación a la ley, al disponer expresamente, lo siguiente:

Art. 51.- Los actos hechos en contravención a las disposiciones de los artículos [… {31…}], de esta Ley serán nulos si no están firmados por las partes; si lo están, valdrán como actos bajo firma privada. No se deroga el Art. 1318 del Código Civil.

Debe estar fijada en la conciencia de todo abogado y de los notarios, la frase celebre del destacado y vetusto jurista alemán Gustav Radbruch, que reza: “No queremos ser abogados rutinarios sino cultos”.

De seguro que si todos nos esforzáramos en ser mejores profesionales pondríamos en situaciones de mayor seguridad jurídica los negocios realizados por nuestra clientela.

Salomón Ureña Beltre.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com

Aumento de los Miembros de la Suprema Corte de Justicia.

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El Consejo Nacional de la Magistratura en su segunda reunión previo a la selección de los nuevos integrantes que habrán de componer las instancias jurisdiccionales que hoy por hoy se les ha dado por llamar “las altas cortes”, esto es, el Tribunal Constitucional, La Suprema Corte de Justicia (SCJ) y el propio Tribunal Electoral, acordó elevar a 17 el número de miembros que habrán de constituir la SCJ.

Aunque se ha dicho que el motivo de proponer la modificación de la ley del Consejo Nacional de la Magistratura para que sean 17 los jueces de la SCJ y no 16, como actualmente dispone dicho cuerpo adjetivo, es supuestamente para buscar que una de las cámaras de este órgano no quede incompleta porque 2 de sus 16 integrantes actuales, pertenecen al Consejo Nacional de la Magistratura, y que debido a esto, algunas de las cámaras quedaban incompletas.

También se ha alegado que luego de la modificación de la Constitución uno de los jueces de la SCJ fue nombrado miembro del Consejo General del Poder Judicial, quien verbigracia no podrá integrar ninguna de las cámaras de la SCJ ni despachar los asuntos ordinarios de esta alta instancia que goza de competencia de casación, inclusive.

A nuestro humilde entender, con tal proposición cuanto se persigue es impedir el voto de desempate de que actualmente goza el cargo de  presidente de esta instancia mayor. Aunque al pueblo común esto no le va ni le viene; si le resuelve gravísimos inconvenientes a muchos quienes ven la posibilidad de verse enjuiciados en el futuro inmediato y con ello la eventualidad de tener mayores posibilidades de jugar a su antojo las fichas de su ajedrez judicial.

Igualmente con esta propuesta se abre el abanico y se amplían las posibilidades a favor de aquellos sectores que aspiran tener un puesto ante este importante organismo del poder judicial. Desde siempre ciertos sectores han apetecido tener en este cuerpo colegiado quien vele por sus intereses tanto económicos como políticos.

Aunque ciertamente el Consejo Nacional de la Magistratura tiene dentro de sus atribuciones la facultad de proponer la modificación de sus propios estatutos, merece que el Congreso Nacional tome con pinza los presupuestos justificativos de tal modificación debido a que mayores son los sacrificios tributarios a los que deberán someterse a los ciudadanos y muy entredichos sus verdaderos propósitos.

Con el aumento del número de integrantes de la SCJ, se engrosa aún más las muy abultadas cargas sobre el muy deprimido presupuesto nacional del que ya, la mayoría de los ciudadanos nos estamos empoderando para exigirle a quienes lo administran, hagan un mejor uso de nuestros recursos.

La solución que persigue la propuesta comentada pudo ser manejada de modo inverso, esto es que, en lugar de aumentar el número de miembros que integran la SCJ se haya formulado su disminución a 15 o hasta 13, hasta tanto el país y el mundo atraviesen con la tremenda carga que los tiempos difíciles nos han impuestos a todos y cómo no, no ceder ante las estratagemas elaboradas por los astutos desvergonzados que han hecho fortuna de manera ilegítima.


Salomón Ureña Beltre.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com