El pasado día viernes 29 de noviembre del 2013, fuimos requeridos por el
Doctor Marcos Abelardo Guridi Mejía para que en nuestra calidad de Notario
Público levantáramos una comprobación material que consistía en recoger las
circunstancias que resultarían del proceso de embargo de bienes y desalojo
tramitados contra el inmueble donde hasta hace poco tiempo operó “LA
HORTALIZA”, propiedad del Arquitecto Juan Caminero
Morcelo,
comercio dedicado al expendio de frutas, legumbres, víveres frescos, etc., de
lo cual se beneficiaron por varios decenios la circunvecina citadina del
Evaristo Morales, Piantini, Naco, Mirador del Norte y Sur, respectivamente, entre otros.
El referido proceso de ejecución de sentencia fue patrocinado por una oficina
de abogados que tiene su asiento social frente a un Laboratorio de Referencia y
Medicina Avanzada, situada en el mismo sector de Piantini, fungiendo como su abogado
titular, el Licenciado ESF, joven profesional que hasta la fecha lo
reconocíamos como incapaz de proceder a ejecutar un desalojo
y embargo de bienes incurriendo en tantas inobservancias de las leyes, tales
como ni siquiera el de concederle los plazos mínimos requeridos por la
normativa legal al desalojado para que desocupare el inmueble. Francamente lo
creíamos poseedor de una mejor formación y carácter.
El instrumento mediante el cual se basaron los persiguientes para ejecutar
el proceso de embargo de bienes y desalojo lo fue una sentencia emanada por la
Suprema Corte de Justicia, impugnada en revisión, lo que aun sabiéndose no le priva
del carácter ejecutorio, no menos cierto es que el expediente se encontraba en
fase de “Vistas” ante el Departamento de Asuntos Civiles y Ejecuciones de la
Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, cuya instancia había fijado una medida
de instrucción consistente en descenso para el mes de enero del 2014, de manera
viabilizar los canales que dieran al traste con el fin perseguido por la
justicia que nos es más que darle a cada cual lo que le corresponde, al decir
de Ulpiano.