La realidad de las cosas solo se conocen cuando
se indagan con profundidad sus verdades, y cuidado que, aún así, pueden esfumarse
algunos resquicios que hagan invalidar la certezas de nuestros juicios, o al
menos restarles contundencia.
En ocasión de haberse leído el dispositivo
de la decisión emanada del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional,
relativo al por todos conocido expediente de la joven y talentosa ingeniera Francina
Hungría Hernández, aquella que fuera objeto de intento de asesinato cuando sus
perpetradores en huida, luego de delinquir contra otra víctima, la asaltaron, arrastraron
fuera de su vehículo, le dispararon a la cara, dejándola por muerta en plena
luz del día, en pleno centro de la ciudad de Gazcue; muchos desde los medios de
comunicación se atrevieron a desparramar todo tipo de comentarios pueriles y deleznables
en su contra y de las mismas magistradas que componen dicha instancia de
justicia, con cuyos análisis retorcidos por la ignorancia que caracterizan a
sus promotores, se intoxicó a la opinión pública, la que carente de los
conocimientos que la praxis jurídica amerita, absorbió, en parte, las dosis
envenenadas suministradas.
Reza el dispositivo comentado que como resultado
del proceso al cual fuera sometido el expediente contra los imputados de
haberle causado la invalidez visual total a la ingeniera Hungría, cinco en
total, solo uno de ellos resultó condenado, ipso
facto, a la pena máxima que registra nuestro Código Penal (30 años de reclusión),
y por el hecho de haber sido descargados cuatro, se quiso interpretar que desde
esta judicatura se estaba quebrantando el orden jurídico que los jueces deben
resguardar con sus decisiones.