Los Alguaciles en la Ejecución de Sentencias.

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En nuestro país corresponde a los alguaciles la facultad exclusiva para ejecutar las sentencias que emanan de los tribunales. Sin embargo, no existe ningún tipo de especialización en estos auxiliares de la justicia para realizar de manera efectiva el cumplimiento de estas delicadas funciones.

Es constante la práctica donde los deudores experimentan experiencias dramáticas por el desborde en las actuaciones de estos ministeriales cuando amparados por las facultades que le arroga el Estado, acometen todo tipo de arbitrariedades en el ejercicio de sus atribuciones.  

La desgracia que acompaña a los ya infelices deudores los que insolventes para cumplir con sus obligaciones, es aún más lamentable, cuando los alguaciles embargan las cosas de su propiedad en excesos a los montos adeudados, los que muchas veces, cuadruplican los montos embargados respecto a la cuantía adeudada, todo para supuestamente asegurar cubrir los honorarios y los gastos de los procedimientos judiciales.

Es un verdadero abuso de las vías de ejecución en la que incurren quienes amparados en sus facultades, causan tan drásticos perjuicios a los deudores.

Estos desaciertos fácticos, han hecho que la práctica de ejecución de sentencias, sea muy riesgosa y comprometida, razón que ha motivado a las autoridades del Ministerio Público del Distrito Nacional, interceder para que la ejecución de las decisiones judiciales estén acompañadas con el debido resguardo policial para lograr la protección de la integridad física de los alguaciles.

Pero a nuestro entender, se requiere además de la medida tomada por el ministerio público, que éste prepare adecuadamente al personal encargado de la ejecución de las sentencias. La poca formación de los alguaciles les impide actuar apegado a la ética, al respecto de los derechos y de los intereses de aquellos contra quienes se llevan a cabo su actuaciones. Se debe crear un departamento con personal calificado, con altos niveles de preparación y formación.

El desempeño del ministerio de alguacil requiere de éstos altos niveles de preparación y de especialización individual en el caso de los embargos, para de alguna manera hacer mermar las de por si traumáticas requisiciones que realizan.

Líbrese cualquier ciudadano incurrir en falta de pago de sus obligaciones económicas, porque los actuales actores del sistema de ejecución de las decisiones jurisdiccionales, no vacilaran en entrar a sus hogares, sus oficinas y empresas, los desmantelaran, le incautaran su vehículo en plena vía pública y así acometerán cualquier tipo de actos violentos sin importar los daños patrimoniales y morales que de los mismos resulten.

Con estas dolosas prácticas, los alguaciles, quienes obran como mandatarios de los acreedores y sus abogados, incurren en violaciones de la ley, los que en tal virtud pueden ser perfectamente perseguidos por ante los tribunales, ya por enriquecimiento sin causa, asociación de malhechores, etc. 

Salomon Ureña Beltre.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com

La Fuerza Pública en la Ejecución de las Sentencias.

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El Procurador Fiscal del Distrito Nacional, Dr. Alejandro Moscoso Segarra emitió el Oficio número 11-0401, mediante el cual instruye a la encargada del Departamento de Fuerza Pública impedir que en el Distrito Nacional,  sean ejecutadas las decisiones de los tribunales sin la debida concesión de la fuerza pública.


Académicos, abogados de cierto criterio profesional y hasta los estudiantes que suelen analizar este tema en las aulas, abogan porque las ejecuciones de las decisiones de los tribunales sean practicadas bajo criterios reglamentados y realizadas por personal calificado, como es común se haga en la mayoría de las legislaciones del mundo.

Aunque el paso dado por el Procurador Fiscal del Distrito Nacional, no es el anhelo a que aspiran y persiguen quienes consideran que es una verdadera transformación la que debe sobrevenir en este aspecto, se puede entender que en cierta manera es algo lo que ha avanzado en esta materia al disponerse esta atinada medida.

Esta decisión de Moscoso Segarra viene a complementar lo que en cierto modo requería la talentosa encargada del Departamento de Ejecuciones Civiles de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, quien aun sea atribuyéndose ciertas facultades, exige se concreticen algunas condicionantes que envuelven a los actores de los procesos de embargos, para finalmente autorizar la ejecución de una decisión judicial.

La resolución que restringe la ejecución de las sentencias sin el auxilio de la fuerza pública, está fundada en la Ley Orgánica del Ministerio Público No.133-11, la que dentro de las facultades de este Órgano establece en su artículo 26, numeral 14, lo siguiente: {… Atribuciones del Ministerio Público… “Canalizar la ejecución de las sentencias y decisiones judiciales mediante el auxilio de la fuerza pública”…}.

A pesar de estar incluida esta facultad dentro del glosario de atribuciones conferidas por la ley a nuestro ministerio público, este órgano no dispuso sanción alguna para quienes la inflijan, de manera que será la racionalidad de cada abogado la que prime al momento de tomar la decisión de ejecutar con o sin el auxilio de la fuerza pública.

Corresponde en lo adelante a los Procuradores Fiscales de todos los Distritos Judiciales del país, hacer lo mismo que Moscoso Segarra, invitar a su respectivos departamentos de ejecuciones civiles a actuar de acuerdo al mandato de la ley.


Salomón Ureña Beltre.
Abogado.
salomonbeltre@gmail.com

A nueve años del fallecimiento del Dr. Joaquín Balaguer.

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Se cumplen nueve años de la desaparición física del Dr. Joaquín Balaguer. En efecto, el 14 de julio del 2002, ocurrió el deceso de uno de los dirigentes  políticos más destacados con que ha contado la República y defensor a ultranza de los mejores intereses nacionales.

Como todos los grandes líderes de la humanidad, Joaquín Balaguer supo granjearse adeptos y concitar contradictores de la más variada estirpe.

Este hombre fue un verdadero fenómeno que supo aprovechar las debilidades de sus adversarios políticos para mantenerse durante toda su vida activa de hombre de Estado, dentro de las élites de poder, cuando no, detentando por si mismo, la dirección del cargo de presidente de la República.

A Joaquín Balaguer le correspondió gobernar a la nación dominicana en momentos aciagos. Por eso hubo de trillar de manera espectacular algunos momentos que deslucen nuestra historia republicana, pero que a él, la mayoría de las veces, les permitieron salir airoso de tales trayectos y circunstancias que aunque le mantuvieron en el poder, lo marcaron tanto positiva como negativamente para toda la historia.

Su obra de gobierno es reconocida aun por sus más recios oponentes y se extiende por toda la colectividad. Supo sembrar el país de una gran infraestructura en tantos diversos órdenes, lo que le ha permitido a gobiernos posteriores sustentar sus propios planes de desarrollo. Se le debe a Joaquín Balaguer haber viabilizado el tramo de crecimiento económico que ha experimentado el país durante las últimas décadas, todo gracias a su destacada visión como gerente estatal y por su pulcritud en la administración de la cosa pública.

Personalmente, el presidente Balaguer fue muy preocupado por los problemas de las más amplias trascendencias y repercusión para la patria, tales como la situación haitiana, la lucha contra la pobreza, supo mantener muy bajos los índices de endeudamientos externos. Era receloso en los temas que implicaban exponer al país a compromisos foráneos.

A nivel interno fue un apasionado constructor de viviendas, hospitales, escuelas, puentes, calles, avenidas, carreteras, caminos vecinales, presas, y canales de riegos, sobre las cuales se fundamenta hoy día la producción agrícola y de ganadería nacional. Estas obras fueron levantadas indistintamente en toda la geografía nacional. Se le debe haber conformado una vasta estructura vial que logró comunicar los más recónditos lugares, logrando disminuir las distancias entre las provincias, municipio y parajes de la nación.

Durante su gobierno se le dio un gran impulso a la industria hotelera nacional.

Celaba el patrimonio de la nación como si fuera propio. Y cuando salía del país, lo hacía en función de Estado específicamente, salía a representarnos como presidente ante los cónclaves internacionales a los cuales habría sido invitado. En ellos solía sobresalir por las dotes de excelente orador, su sólida formación intelectual y su cultura enciclopédica y por el conocimiento al dedillo de los asuntos que les correspondía abordar como jefe de Estado. Defendía a ultranzas ante toda personalidad local o internacional los intereses nacionales.

No temió identificar a las naciones más poderosas del globo en que su gobierno no permitiría ningún atentado contra la soberanía nacional y las alertó en cuanto advertirle que estaba al tanto de los intereses que se tejían en torno a darle solución a la crisis de ingobernabilidad en Haití, tomando a nuestro país como instrumento de solución.

Ocasiones hubo en la que demandó batirse en duelo como forma de expresar su descontento con ciertas elites de poder económico o político de la nación.

Se le reconoce haber sido el dínamo que impulsara la creación de la clase media en la República Dominicana.  

Las luchas intestinas entre nuestros políticos llevó a que a Joaquín Balaguer se le tildara muchas veces con epítetos que aun hoy día se repiten, pero que se mantienen distantes de sus verdaderas implicaciones, toda vez que han sido los mismos que le han sucedido y que en su momento más férreamente le adveraron, los que han sustentado su forma de gobernar a la usanza del viejo caudillo reformista.

Sus más recios opositores finalmente le reivindicaron cuando el Congreso Nacional, presidido por legisladores de su archi enemigo político el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), lo reconoció como el Padre de la Democracia Dominicana.

El presidente Balaguer, como se le conocía popularmente, hizo suya la frase bíblica que dice: "Por sus frutos los conoceréis"; ahí están los frutos que cosecha la nación devenido de su gran obra de gobierno. Por eso será siempre recordado y reconocido por los dominicanos conscientes.


Salomón Ureña B E L T R E.
Abogado.
salomonbeltre@me.com

Facundo Cabral

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Todos se preguntan, más nadie encuentra respuestas sobre las razones que motivaron a quienes tejieron la muerte de Facundo Cabral, quien fuera un ser humano excepcional. Aún la confusión, si es que esta muerte es producto de ella, es considerada como aberrante modo de proceder de quienes entienden que pueden eclipsar la vida humana como si a ellos le hubieran atribuido tal facultad.

Guatemala fue el país en el cual los virulentos se atrincheraron para desde allí descargar las metralletas que portaban; en su suelo se hizo caer el cuerpo acribillado a tiros de uno los más grandes mensajeros de la paz y críticos del status quo con que ha contado toda Iberoamérica.

Efectivamente el día nueve de julio comenzó con la ominosa noticia que daba cuentas sobre el asesinato del reconocido cantautor, poeta y pintor argentino.

Todos quienes tuvieron acceso a su obra, a su singular visión de examinar y expresar la temática social, a su sensibilidad de olfatear y expresar con cierta mordacidad la realidad que afrontan los pueblos y el ridículo al que exponía a sus gobernantes, en tanto carencias viven los seres humanos, lo lloran.

Creemos no exagerar al afirmar que la humanidad pierde a un gran exponente de la paz, y a uno de los más decididos exponentes de la crítica social. A través de su arte, muchos pudimos constatar algunas aristas y visiones sumamente interesantes de la magnifica perspectiva con que enfocaba los asuntos que nos gobiernan a diario.

Nos dio muy buenas instrucciones. Nos hizo ver que no estábamos deprimidos sino distraídos.

Por la grandeza de su trayectoria, su figura se hace mística entre los que le admiramos.

Su estadía entre nosotros fue tan significativa y está aun tan presente, que ni siquiera nos hemos detenido a ir tras aquello a quienes de manera miserables tuvieron la bajeza de arrebatarte la vida de tan vil manera.

De cara al sol caminaste, con la luna volaste.

Hasta luego poeta del mundo.-


Salomon Ureña Beltre.
Abogado.

ND. Mientras se nos fue Facundo Cabral, por otro lado, fuimos testigos cuando en la tercera entrada del partido celebrado entre los Yankees Vs. Tampa Bay, el sábado 8 de julio, Derek Jeter, pegó su hit 3,000, cuando en conteo máximo de tres bolas y dos strikes conectó un home run hacia el lado izquierdo del Yankee Stadium contra David Price, convirtiéndose así en ser apenas el jugador No. 28 de las Grandes Ligas en arribar a esta proeza y ser el único jugador activo en ostentar este merito.

La Convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura es ilegal.

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Se ha comentado en los corrillos de la opinión pública que el Poder Ejecutivo se prepara para convocar al Consejo Nacional de la Magistratura.

Este órgano tiene como función designar y evaluar el desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, y designar a los jueces que integrarán el Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior Electoral; disponer quienes presidirán estas instancias de tanta relevancia en el orden judicial, además de designar sus suplentes, en los casos que correspondan.

Por mandato de la Constitución el Consejo Nacional de la Magistratura estará integrado por el Presidente de la República, quien lo presidirá y, en su ausencia, por el Vicepresidente de la República; 2) El Presidente del Senado; 3) Un senador o senadora escogido por el Senado que pertenezca al partido o bloque de partidos diferentes al del Presidente del Senado y que ostente la representación de la segunda mayoría; 4) El Presidente de la Cámara de Diputados; 5) Un diputado o diputada escogido por la Cámara de Diputados que pertenezca al partido o bloque de partidos diferentes al del Presidente de la Cámara de Diputados y que ostente la representación de la segunda mayoría; 6) El Presidente de la Suprema Corte de Justicia; 7) Un magistrado o magistrada de la Suprema Corte de Justicia escogido por ella misma, quien fungirá de secretario; 8) El Procurador General de la República.

Como resultado del proceso eleccionario del año 2010, el Senado de la República quedó integrado por senadores en su mayoría pertenecientes al partido oficialista, es decir 31 de los 32 senadores electos, pertenecen al Partido de la Liberación Dominicana, correspondiendo al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), en la persona del Lic. Amable Aristy Castro, el único senador de oposición con que cuenta aquel hemiciclo.

Mientras el Partido de la Liberación Dominicana ha aireado a viva voz que arrasó en los comicios congresuales y municipales celebrados en el año dos mil diez, obteniendo para sí la súper matricula de los senadores electos indicada; por otro lado este mismo Partido ha tenido el interés de soslayar esta realidad cuando, pretendiendo dejar sin ninguna participación en la integración del CNM a la oposición, nombró al senador Félix Vásquez de la Provincia de Sánchez Rámirez como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, esto en clara inobservancia de los cánones constitucionales de reciente promulgación.

Debido a las disputas generadas en el entorno político, el Poder Ejecutivo se dirige a violentar la Constitución de la República, al pretender conformar el Consejo Nacional de la Magistratura, asignándose cuotas participativas que no le corresponden, como es el caso de asociar a ambos senadores de su propio partido al organismo que ha de velar por la pulcritud en la escogencia de los jueces que han de integrar las instancias de mayor relevancias del orden judicial en la República Dominicana.

El Boletín No. 16 emitido por la Junta Central Electoral correspondiente a las elecciones provinciales del año 2010, da como resultado que el PLD obtuvo 31 senadores y el PRSC, apenas logro coronarse con un senador, de lo que se infiere sin ser muy lógico en el razonamiento que es a este último partido a quien le corresponde la cuota de participación que dispone la Constitución para que pueda quedar legalmente conformado el Consejo Nacional de la Magistratura, cualquier otra solución es un mamotreto que dejará marcado con la tinta de la ilegalidad a quienes resulten designados a partir de dicha conformación. 

Lo cierto es que fruto de las conocidas diferencias existentes entre el actual presidente del Partido Reformista Social Cristiano, el Ing. Carlos Morales Troncoso y el Lic. Amable Aristy Castro, es que desde la dirección de este partido se hizo escoger al senador Félix Vásquez como el representante de la segunda fuerza política ante el Senado, este enclenque si no es enmendado a tiempo, traerá sus gravosas consecuencias para el futuro inmediato de la institucionalidad dominicana, en lo inmediato se corona la violación de nada más y nada menos que del Cuerpo Sustantivo que nos rige.



Entre abogados se comenta además, que la amenaza de hasta renunciar que ha hecho el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Subero Issa, si desde el Congreso Nacional se recorta el presupuesto asignado a la Justicia, obedece a una cierta certidumbre sobre la conformación del Consejo Nacional de la Magistratura, más cuando la misma deviene de una posible mal conformación, por ser dicho llamado contrario al espíritu constitucional vigente.



Salomón Ureña Beltré.
Abogado.